Una ayuda contra los desahucios de los Bancos
Sinceramente no sé si esto es verdad o no. Me llegó de rebote de una fuente fiable pero hasta ahí puedo llegar. Espero que sirva de algo y que realmente pueda ayudar a quien lo necesite.
Pero existe un "modelo legal" por el cual se pierde de igual manera la "propiedad", pero, no te pueden echar de tu casa.
En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa, automáticamente le hace un contrato de alquiler a su mujer/suegra/hijo/hermano o a quién se pueda, por el valor de 1€, 5€ o 10€, con una duración "indefinida"/50 años, 100 años. El contrato debe estar a nombre de alguien que no figure en la hipoteca. El contrato debe estar pasado por el registro de la propiedad.
En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre del hipotecado, pero figura como una propiedad con inquilinos.
Resultado del embargo, la "titularidad de la propiedad" cambia, a nombre del banco. El domicilio continúa teniendo inquilinos. Con esta maniobra, perderíamos la propiedad, continuaríamos debiendo la hipoteca, pero, tendremos que pagar a nuestro nuevo "casero" por nuestro ex-piso 10€ al mes y de por
vida..
Medidas de guerra para tiempos de guerra.
La idea no es mala, pero ¡ojo! los contratos con duraciones indefinidas no son válidos.
ResponderEliminarGracias por el comentario. No estoy en absoluto seguro de cómo va esto así que las aportaciones que puedan hacerse a esta entrada son más que bienvenidas. Gracias de nuevo.
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